El acoso sexual es
una conducta no deseada de naturaleza sexual,
en el lugar de
trabajo,
que hace que la
persona se sienta ofendida, humillada y/o intimidada.
Es un término
relativamente reciente que describe un problema antiguo.
OIT, 2014
Las
mujeres siempre han sido partícipes de la vida productiva. Participaron
calladamente en la Revolución Industrial, planteada como uno de los mayores
logros de la humanidad para aumentar la productividad y las manufacturas a
niveles nunca vistos.
Fueron
las feministas del siglo XIX, las pioneras y visionarias que detectaron y
denunciaron la desigualdad y el acoso sexual en los ambientes laborales.
Exigieron igualdad salarial, prestaciones
a la salud reproductiva e igualdad de oportunidades para desarrollarse
en las empresas. La resistencia de patrones y líderes sindicales, para generar
espacios laborales libres de acoso hacia las mujeres, ha durado mucho tiempo y
aunque han sido muchas las luchas y protestas de las mujeres, los avances son
pocos.
En México y desde luego en San Luis
Potosí, prevalece el sexismo para organizar los ambientes laborales, desde la
selección de personal para realizar ciertas tareas, hasta las promociones a
puestos intermedios y altos, las mujeres son desplazadas a las tareas
domésticas o de cuidado y los hombres a las tareas de toma de decisiones y de
mando. Estas estructuras patriarcales van más allá, cuando los jefes o
directivos, o los compañeros de trabajo,
sexualizan permanentemente el ambiente de trabajo, en formas
organizativas, visuales, verbales, que ofenden a las mujeres en formas
encubiertas o abiertamente hostiles. El sexismo también es asumido por jefas o
compañeras como una mala forma de competencia y dominio sobre otras mujeres.
La
naturalización de estas prácticas es tal, que ha creado ya figuras conocidas.
No es raro que un funcionario sindical del SNTE
crea que tiene derechos sexuales sobre las maestras de nuevo ingreso o
que a un gerente de una tienda departamental, nada le impida pedir a su colega ejecutiva que le prepare café o acosar
sexualmente a las empleadas en los espacios apartados a la vista del público.
Los
jefes acosadores, son tradicionalmente abusivos con sus secretarias, a quienes
les solicitan actos indebidos de tipo sexual dentro o fuera de su jornada
laboral, bajo la amenaza de despido, si se niegan.
La
figura del maestro acosador de jóvenes alumnas, tiene muchas historias de
sufrimiento y ningún protocolo activo aún, para erradicar esas prácticas en las
instituciones educativas.
Por
ello, es importante cambiar un conjunto de creencias que naturalizan la
violencia, el hostigamiento y el acoso hacia las mujeres en los espacios de
trabajo. Para actuar, lo primero es entrar a los conceptos e instrumentos que
ya figuran este tipo de prácticas, entre ellas: la OIT Organización
Internacional del Trabajo, La ley para la Igualdad entre mujeres y hombres, la
Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Federal
del Trabajo, así como la legislación estatal respectiva. Esta revisión, debe
hacerse con perspectiva de género, por las unidades de género de las
dependencias, para aprender a ver las formas en que se avanza en la
tipificación de prácticas de acoso laboral y sexual y las estrategias para
avanzar en su prevención y erradicación de estos actos.
Los
conceptos e instrumentos que hay en México presentan aún mucha
controversia conceptual, que requiere
capacidad de síntesis y estrategias de difusión, adaptadas a diferentes públicos.
Sin embargo tenemos grandes coincidencias, por ejemplo:
Se
identifica que las conductas de hostigamiento sexual en el ámbito laboral y
escolar, pueden ser muy diversas pero tienen como base común la discriminación
sexual de connotación lasciva que se ejerce por alguien que tiene algún poder
sobre el otro.
La
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (en el
artículo 13) hace una distinción entre hostigamiento sexual y acoso, según el
poder y puesto del agresor:
ARTÍCULO
13.- El hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de
subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o
escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la
sexualidad de connotación lasciva.
El
acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la
subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de
indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice
en uno o varios eventos.
El
hostigamiento y el acoso sexual se presentan principalmente como un chantaje
hacia la víctima o como un ambiente laboral hostil. En el primer caso, se
ejerce presión sobre la víctima para que acepte los comportamientos sexuales
inapropiados a cambio de beneficios en su entorno laboral. En el segundo caso
se permiten en el lugar de trabajo ciertos comportamientos que generan
situaciones de intimidación y humillación hacia las víctimas.
Los
estudios han mostrado que las principales víctimas del acoso y el hostigamiento
sexual son las mujeres, esto debido a la discriminación de género y al grave
problema de la violencia contra las mujeres que se presenta en todos los
ámbitos sociales y bajo diferentes modalidades, siendo el acoso y el hostigamiento
sexual parte de esa violencia. Por ejemplo, en el caso de San Luis Potosí, un
estudio realizado por el Instituto de las Mujeres de San Luis Potosí en el año
2010 identificó que las principales víctimas del acoso sexual en esta entidad
son mujeres entre los 28 y 50 años de edad, mientras que los agresores son en
su gran mayoría hombres de entre 35 y 50 años de edad en posiciones de
dirección o de jefatura con respecto a las víctimas.
Lo
que ha permanecido por centurias es la impunidad frente a estos actos, por
ello, estaremos aportando en esta columna, ejemplos y estudios de casos que
permitan a los lectores saber más al respecto.
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